Países obligados y exentos de visado tras Brexit

Reglamento 2019/ 592, ¿Qué países están obligados y exentos de visado tras el Brexit?

El pasado 10 de abril el Diario Oficial de la Unión Europea publicó el Reglamento 2019/ 592 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el cual se modifica el Reglamento 2018/1806. Dichas modificaciones establecen la lista de aquellos terceros países cuyos ciudadanos estarán obligados a disponer de visado para cruzar la frontera con Reino Unido, así como la lista de los que están exentos de visado. La normativa tendrá lugar tras el Brexit, es decir, cuando Reino Unido abandone la Unión Europea.

 

En este sentido, el nuevo reglamento del Parlamento Europeo dispone que estarán exentos de visado los ciudadanos de Reino Unido que viajen a otros estados miembros de la Unión Europea. Asimismo, la normativa establece que en el momento en que Reino Unido obligue a contar con visado a al menos uno de los estados miembros, se aplicará el principio de reciprocidad, es decir, el mismo país anglosajón también deberá contar con visado para entrar a tal estado miembro.

La exención de visado en los territorios pertenecientes a la Unión Europea se aplica por diversas razones, tales como proximidad geográfica, gran número de estancias turísticas de corta duración entre tales países, estrecha relación económica, así como con el objetivo de facilitar el turismo. Todos son puntos claves que benefician a la Unión Europea.

 

El anterior reglamento de 2018 ha sufrido modificaciones en algunos de sus artículos, apartados y letras. En tal sentido, por ejemplo, el artículo 6, apartado 2, letra d, establece en el nuevo reglamento que los refugiados, apátridas y otras personas que carezcan de nacionalidad alguna pero residan en Irlanda y cuente con documento de viaje expedido por este país, estarán exentos de visado tras el Brexit.

Por otro lado, la parte 1 del anexo II hace referencia a quiénes son considerados ciudadanos británicos, excluyendo a aquellos de territorios británicos de ultramar. Estos son Anguila, Bermudas, Territorio Antártico Británico, Islas Caimán, Islas Maldivas, Gibraltar, Montserrat, Islas Pitcairn, Santa Elena, Ascensión y Tristán da Cuhna, Islas Georgias del Sur y Sandwich del Sur e Islas Turcas y Caicos. Con respecto a Gibraltar, el reglamento aclara la controversia existente entre España y Reino Unido, algo que debe ser resuelto por la Asamblea General de Naciones Unidas.

 

Por último, es importante destacar que dichas modificaciones sufridas en el reglamento tendrán cabida justo al día siguiente en que Reino Unido abandone la Unión Europea y pierda sus derechos con esta, siendo obligatorio y directamente aplicable a todos los estados miembros.

 

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